DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTÍCIPES
El aporte a la Caja de Cesantía y Jubilación Complementaria DGAC –FCPC es obligatorio para todos sus partícipes, siendo el mínimo el 3% de su remuneración mensual, pudiendo efectuar aportaciones adicionales para mejorar su cuenta individual.
Tienen derecho a la liquidación de su cuenta individual, los partícipes que cesaren en sus funciones definitivamente por cualquier causa, siempre que a la fecha de cesación hayan cumplido con los requisitos establecidos en la normativa vigente y requisitos del Estatuto y Reglamento.
Derechos:
- Obtener del organismo competente los informes relativos al movimiento operativo y económico - financiero del la Caja de Cesantía DGAC-FCPC;
- Percibir todos los beneficios que la Caja de Cesantía DGAC-FCPC estableciere a favor de los partícipes;
- Participar con voz y voto en las Asambleas Generales;
- Ser notificados con ocho (8) días antes de la Asamblea General; y,
- Tener elementos del orden del día.
Deberes:
- Cumplir con las obligaciones estatutarias y reglamentarias y lo que establezca la normativa vigente;
- Asistir a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias;