Antecedentes
En el año 1989 se produce una salida masiva del personal de la Dirección General de Aviación Civil, aquel desenlace motivó a la conciencia de crear un seguro complementario y mediante Asambleas Generales llevadas a cabo en las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca se creó el Seguro de Cesantía en julio de 1990 como parte de la Asociación de Empleados DAC. El 05 de agosto de 1992 con Orden Ministerial No. 147 aprueba el primer Reglamento General de cesantía, complementando el beneficio de la jubilación, el mismo que entraría en vigencia dos años más tarde en 1994 con la promulgación de la Ley de Modernización del Estado.
El 14 de marzo de 2002 los Estatutos son aprobados por el Ministerio de Bienestar Social, mediante acuerdo Ministerial No. 00636 y posteriormente el 27 de octubre de 2005 de la Superintendencia de Bancos y Seguros aprueba los Estatutos de la Caja de Cesantía y Jubilación Complementaria de los empleados de la Dirección General de Aviación Civil FCPC mediante Resolución No. 2005-0627 del 27 de octubre de 2005.
El 24 de octubre y 19 de diciembre de 2008 se expide los Decretos Ejecutivos No. 1406 y 1493 que prohíbe todo aporte con recursos del Presupuesto General del Estado a los FCPC’S. Finalmente, después de varias instancias de negociación, se reforma del último Decreto Ejecutivo y en su lugar se dispuso el No. 1647 el 25 de marzo de 2009, en el que se establece el aporte del Estadoúnicamente para los jubilados de los FCPC´S que percibieron el beneficio hasta diciembre del 2008; por lo tanto, las pensionesde los jubiladosde este Fondo DAC, asumiría el Estado a través de la DGAC.
Esto no sería fácil de asimilar para los partícipes activos, ya que se eliminaría el Fondo de Jubilación, no obstante, el Fondo de CESANTÍA continuaría por decisión de la Asamblea General Extraordinaria de partícipes en las sesiones del 30 de octubre, 13 y 27 de noviembre de 2009 y 30 de enero de 2010.
El Art. 220 reformado de la Ley de Seguridad Social dispone que los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados que en su origen o bajo cualquier modalidad hayan recibido aportes del Estado, pasarán a ser administrados por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
El 22 de diciembre de 2015 en conformidad a la Ley de Seguridad Social y al oficio No. SB-INSS-INJ-2015-0432 emitida por la Superintendencia de Bancos, el BIESS asumió la administración por mandato legal de la Caja de Cesantía de la DGAC-FCPC.
En el transcurso de estos años el Fondo DAC ha presentado un crecimiento moderado de sus activos institucionales y por lo mismo en los resultados correspondientes, por lo que se hace necesario implementar medidas que conlleven a mejorar el servicio a los partícipes, mediante políticas institucionales que vayan en beneficio de los mismos.